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FOTOGRAFÍA: JUAN PALACIOS/LA OPINIÓN AUSTRAL

 

 

 

No hay peor dolor que aquel que llega de repente, de forma inesperada, y de la manera más trágica posible como cuando se pierde a un familiar como resultado de una imprudencia al volante. Y quienes saben bien de qué trata esto son las “Familias de dolor”; un grupo de familias de la ciudad de Río Gallegos a quienes los une el dolor irreparable de haber perdido a un ser querido durante un siniestro vial. En este marco, desde Familias del Dolor han decidido impulsar una campaña por medio de la cual se busca endurecer las penas de todos aquellos conductores que se hayan cobrado una vida gracias a sus propias imprudencias al momento de conducir.

 

 

Uno de los impulsores de esta medida es Jorge Matulich, padre de Brianna Matulich, la joven de 17 años de edad que fue atropellada a manos de Estéban González el pasado 31 de diciembre del año 2023 mientras caminaba junto a sus hermanos por la Autovía 17 de Octubre. Jorge participó del último izamiento dominical junto a Oscár Sánchez, el padre de Alejandro Sánchez, un joven calafatense que fue atropellado en la ciudad de Mar del Plata en el año 2023, con quien juntaron firmas para poder endurecer las condenas de aquellas personas que asesinen a otras en incidentes viales.

 

En este marco, Sánchez dialogó con un medio local sobre la iniciativa y señaló que las familias que pierden a sus seres queridos no logran nunca superar el dolor y que, en la gran mayoría de los casos, los procesos judiciales suelen extenderse y el poder conseguir justicia se vuelve una odisea para las familias: “El cambio de Ley significa que ya no tengas de 2 a 6 años de prisión, que sea un mínimo de 4 y un máximo de 15 años y que vayas preso si matás a alguien estando borracho, drogado o cuando pases un semáforo en rojo”, señaló.

 

Sánchez agradeció a la diputada nacional Ana María Ianni quien, junto al diputado Sergio Acevedo, elevaron el proyecto a la Cámara de Diputados de la Nación: “Nos apoyaron y no es poco. Golpeé muchas puertas en su momento y fueron pocas las que me abrieron” expresó.

 

Por su parte Jorge Matulich, quien gracias a su ardua lucha y la de su familia logró que el asesino de su hija tenga una condena ejemplar, señaló que no siempre suele pasar esto en la provincia de Santa Cruz: “Hay muchísimos casos donde la Justicia no aplicó una condena ejemplificadora. Hay muchos casos acá en Río Gallegos como el de Lourdes Ferrando, que su mamá continúa luchando”, señaló.  Matulich indicó que el implementar este endurecimiento en las penas de las personas que cometan asesinatos como resultado de imprudencias al volante “ayudará a otras personas a transitar con un poco de alivio el camino este de pedir Justicia y que, de una vez por todas, los jueces se pongan firmes y que den sentencias ejemplificadoras. Hay muchos jueces que no sé qué criterio tienen”, indicó.

 

“En el caso mío particular, logramos algo histórico acá en Santa Cruz, pero eso no se aplica para todos los demás. Esto es lo que uno lamenta, porque conoce el dolor y sabe todas las secuelas que quedan atrás de una familia. Hay muchas heridas que no se curan más”, expresó.

 

 

En qué consiste

La iniciativa impulsada por las Familias del Dolor propone modificar el Código Penal, más específicamente en el Artículo 84 Bis: “Será reprimido con prisión de dos a cinco años, e inhabilitación especial en su caso, por cinco a diez años el que por conducción imprudente, negligente, con impericia o antirreglamentaria de un vehículo con motor causare a otro la muerte”, en el cual se estipula que se condena a “prisión de cuatro a quince años e inhabilitación especial por el doble tiempo de la condena, si el conductor se diere a la fuga o no intentase socorrer a la víctima siempre y cuando no incurriere en la conducta prevista en el artículo 106, estuviese bajo los efectos de estupefacientes o medicamentos que disminuyan su aptitud para conducir, tuviere un nivel de alcoholemia superior a cero miligramos por litro de sangre; excediere en el 30% la velocidad máxima permitida en el lugar del hecho”.

 

Por otro lado, se demanda la modificación del artículo 94 bis del Código Penal:Será reprimido con prisión de uno a tres años e inhabilitación especial por dos a cuatro años, el que, por conducción imprudente, negligente, con impericia o antirreglamentaria de un vehículo con motor causare a otro las lesiones previstas por los artículos 90 o 91 (...)  La pena será de dos a cuatro años de prisión e inhabilitación especial por el doble de tiempo de la condena, si se verificase alguna de las circunstancias previstas en el párrafo anterior y el conductor hubiere consumido estupefacientes, o tuviere un nivel de alcoholemia superior a cero, o excediere (30%) la velocidad máxima permitida en el lugar del hecho, o condujese un vehículo con motor sin encontrarse habilitado para conducir, o lo hiciere con una licencia de conducir no habilitante”.

 

Y, finalmente, se propone la modificación de los últimos párrafos del artículo 76 bis: “La suspensión del proceso a prueba tampoco podrá acordarse en los casos de siniestros viales si se tratase de los delitos de homicidios culposos agravados y lesiones culposas agravadas, previstas en los artículos 84 bis y 94 bis de este Código Penal (...) Para los casos de delitos de homicidio y lesiones culposas sin agravantes en el contexto de un siniestro vial, el imputado deberá manifestar su intención de acordar la suspensión del proceso a prueba, en su primera intervención ante el órgano de juicio”.

 

 

Autor: admin