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Desde este sábado entra en vigencia el nuevo régimen penal juvenil, establecido por la Ley 27.801, que reemplaza el sistema que regía desde la década del 80. Uno de los principales cambios es la reducción de la edad de imputabilidad a los 14 años, por lo que los adolescentes que se encuentren dentro de ese rango podrán ser juzgados por los delitos que cometan.

La normativa establece un esquema de sanciones específico para jóvenes de entre 14 y 17 años. Según la gravedad del hecho, los jueces podrán disponer amonestaciones, prohibiciones de acercamiento a la víctima, restricciones para conducir o asistir a determinados lugares, prohibición de salir del país o de su lugar de residencia, trabajos comunitarios, monitoreo electrónico y reparación del daño.

Además, el nuevo régimen contempla la privación de la libertad, que podrá cumplirse bajo distintas modalidades, como el arresto domiciliario, institutos abiertos o establecimientos especializados para menores. Las penas podrán alcanzar los 15 años, de acuerdo con la gravedad del delito y las circunstancias de cada caso.

Alternativas a la prisión

Por otra parte, la ley establece mecanismos para evitar la prisión en determinados casos. Cuando la pena prevista no supere los tres años, podrá evitarse la detención. También podrán aplicarse sanciones alternativas cuando la pena se ubique entre tres y diez años, siempre que el delito no haya provocado la muerte de la víctima, no haya implicado una grave violencia física o psíquica y el adolescente no registre otras condenas o procesos en curso.

En esas situaciones, las medidas deberán estar vinculadas con la educación, el trabajo y la concientización sobre la gravedad del hecho cometido. El objetivo es promover la responsabilidad del adolescente y favorecer su resocialización e integración social.

Cómo serán las detenciones

Los adolescentes privados de su libertad deberán permanecer en dependencias especialmente acondicionadas para menores y no podrán compartir alojamiento con personas adultas. Asimismo, tendrán acceso a programas destinados a completar sus estudios obligatorios, capacitación laboral, formación ciudadana y actividades deportivas.

La normativa también establece que los padres serán civilmente responsables por los delitos cometidos por sus hijos. En caso de que un adolescente incumpla de manera injustificada una pena alternativa, el juez podrá reemplazarla por una sanción de mayor gravedad.

Finalmente, el nuevo régimen mantiene la protección de la identidad de los menores involucrados en causas penales. Por ese motivo, no podrán difundirse sus nombres, fotografías, domicilios, filiación, parentesco ni otros datos que permitan identificarlos.

Autor: Javiera nasser